Reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
3 de Abril, 2026
Alerta Informativa
Reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
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Reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
El 3 de abril del 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
La reforma introduce cambios relevantes al sistema de propiedad industrial en México, particularmente, en materia de patentes e innovación, marcas, infracciones administrativas y lenguaje incluyente. A continuación, los principales cambios:
- Patentes e innovación.
No solo introduce cambios al procedimiento de patentes, como plazos máximos de resolución, solicitud provisional y mayor flexibilidad procesal, sino que también refuerza el enfoque de innovación y transferencia tecnológica, al reconocer un papel más activo del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (en adelante, “IMPI”) en la promoción del aprovechamiento productivo del conocimiento y en la articulación entre inventores, empresas, universidades y centros de investigación.
- Marcas.
Se introducen cambios relevantes en materia marcaria al establecer plazos máximos de resolución para trámites como solicitudes, renovaciones y licencias, y al mismo tiempo reconocer expresamente nuevas modalidades de marca, incluyendo las marcas de posición, de movimiento y multimedia. Asimismo, amplía las prohibiciones de registro, particularmente respecto de signos vinculados con patrimonio cultural, conocimientos tradicionales y
expresiones culturales tradicionales, lo que exigirá a las empresas un análisis más cuidadoso de sus estrategias de branding y protección.
- Infracciones administrativas.
Se amplía el catálogo de infracciones al sancionar, entre otros supuestos, la existencia de una relación de patrocinio oficial entre un signo distintivo y un evento público. Además, precisa que las conductas infractoras previstas en la ley también serán sancionables cuando se realicen mediante el uso de inteligencia artificial, reforzando así el alcance del régimen de observancia frente a nuevas formas de explotación y uso indebido de activos protegidos.
- Lenguaje incluyente.
Además de los cambios sustantivos, la reforma adopta una redacción más incluyente al dejar atrás fórmulas centradas exclusivamente en el masculino y sustituirlas por términos como “persona”, “titular” o “solicitante”. Se trata de un ajuste relevante en clave de técnica legislativa y de reconocimiento, que contribuye a que el marco jurídico refleje de forma más amplia y representativa a las personas que crean, innovan, solicitan y ejercen derechos de propiedad industrial.
En conjunto, la reforma apunta a un sistema de propiedad industrial más ágil, más incluyente, más amplio en su alcance y más alineado con los retos actuales de innovación, protección y observancia. Sus disposiciones entrarán en vigor una vez que el decreto correspondiente sea publicado en el Diario Oficial de la Federación. DIcho decreto fue publicado el 3 de abril en el Diario Oficial de la Federación, y sus disposiciones entraron en vigor al día siguiente de su publicación.
En Cannizzo estamos a sus órdenes para ampliar esta información o asesorar sobre su correcta implementación.
Atentamente
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